"Somos un gobierno que inaugura sueños" Cristina Fernandez de Kirchner

Rodolfo Walsh

Rodolfo Walsh
"Reproduzca esta información, hágala circular por los medios a su alcance: a mano, a mimeógrafo, oralmente. Mande copias a sus amigos: nueve de cada diez las estarán esperando. Millones quieren ser informados. El Terror se basa en la incomunicación. Rompa el aislamiento. Vuelva a sentir la satisfacción moral de un acto de libertad. Derrote el Terror. Haga circular esta información".

miércoles, 9 de septiembre de 2009

ENCUENTRO LATINO AMERICANO


Ciclo de charlas



Los programas de radio Cooperativa ''7.0'', ''A Boca de Jarro''y la Corriente Causa Popular lo invitan a participar de un nuevo ciclo de charlas y debates.



Cronograma

Septiembre miércoles 9 hs 19.-
El anteproyecto de Ley de Servicios audiovisuales
Panelistas:
Hugo Barcia, Secretario General de Los 100
Gustavo Granero, Secretario General de FATPREN
Gabriel Mariotto, titular del COMFER
Rafael Bernal, miembro de la Mesa de la Corriente Causa Popular

Septiembre miércoles 23 hs 19.-
Un Bicentenario Continental.
Panelistas:
Jorge Coscia, Secretario de Cultura de la Nación,
Julio Fernández Baraibar, miembro de la Mesa de la Corriente Causa Popular,
Horacio Ghilini, Secretario General de SADOP
Gabriel Fernández, secretario de redacción de Questión Latinoamérica

Las charlas tendrán lugar en
Perón 739 piso 2° Capital Federal
Moderador Leonardo Cofre

La nueva ley


ARTÍCULO 57.-
Contenidos.
Los titulares de licencias o autorizaciones para prestar servicios de radiodifusión
deberán cumplir con las siguientes pautas respecto al contenido de su
programación diaria:
1. Los servicios de radiodifusión sonora:
a. Privados:
i. Deberán emitir un mínimo de SETENTA POR CIENTO (70%)
de producción nacional.
ii. Como mínimo el TREINTA POR CIENTO (30%) de la música
emitida deberá ser de origen nacional, sea de autores o interpretes nacionales,
cualquiera sea el tipo de música de que se trate por cada media jornada de
transmisión. Esta cuota de música nacional deberá ser repartida proporcionalmente
82 Tiene por objeto permitir que una radio comunitaria o sindical pueda por ejemplo transmitir un partido de fútbol.
a lo largo de la programación, debiendo además asegurar la emisión de un
CINCUENTA POR CIENTO (50 %) de música producida en forma independiente
donde el autor y/o interprete ejerza los derechos de comercialización de sus propios
fonogramas mediante la transcripción de los mismos por cualquier sistema de
soporte teniendo la libertad absoluta para explotar y comercializar su obra.83 La
AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
podrá eximir de esta obligación a estaciones de radiodifusión sonora dedicadas a
colectividades extranjeras o a emisoras temáticas.
iii. Deberán emitir un mínimo del CINCUENTA POR CIENTO (50%)
de producción propia que incluya noticieros o informativos locales.
b. Las emisoras de titularidad de Estados Provinciales, Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, Municipios y Universidades Nacionales:
i. Deberán emitir un mínimo del SESENTA POR CIENTO (60%)
de producción local y propia, que incluya noticieros o informativos locales.
ii. Deberán emitir un mínimo del VEINTE POR CIENTO (20%) del
total de la programación para difusión de contenidos educativos, culturales y de bien
público.
2. Los servicios de radiodifusión televisiva abierta:
a. Deberán emitir un mínimo del SESENTA POR CIENTO (60%) de
producción nacional;
83 Diego Boris, Unión de Músicos Independientes
b. Deberán emitir un mínimo del TREINTA POR CIENTO (30%) de
producción propia que incluya informativos locales;
c. Deberán emitir un mínimo del VEINTE POR CIENTO (20%) de
producción local independiente cuando se trate de estaciones localizadas en
ciudades con más de SEISCIENTOS MIL (600.000) habitantes, y un mínimo del
DIEZ POR CIENTO (10%) en otras localizaciones.84
3. Los servicios de televisión por suscripción de recepción fija:
a. Deberán incluir sin codificar las emisiones y señales de Radio Televisión
Argentina Sociedad del Estado y todas las emisoras y señales públicas del
Estado Nacional.
b. Deberán ordenar su grilla de programación de forma tal que todas las
señales correspondientes al mismo género se encuentren ubicadas en forma
correlativa y ordenar su presentación en la grilla conforme la reglamentación
que a tal efecto se dicte, dando prioridad a las señales locales, regionales y
nacionales.85
c. Los servicios de televisión por suscripción no satelital, deberán incluir como
mínimo UNA (1) señal de producción local propia que satisfaga las mismas
condiciones que esta ley establece para las emisiones de televisión abierta,
por cada licencia o área jurisdiccional que autorice el tendido. En el caso de
servicios localizados en ciudades con menos de SEIS MIL (6.000) habitantes
el servicio podrá ser ofrecido por una señal regional. 86
84Sol Producciones, Schmucler, cineasta
85 Jorge Curle, Canal 6 Misiones
86 Alfredo Carrizo, Catamarca
d. Los servicios de televisión por suscripción no satelital deberán incluir, sin
codificar, las emisiones de los servicios de televisión abierta de origen cuya
área de cobertura coincida con su área de prestación de servicio.
e. Los servicios de televisión por suscripción no satelital deberán incluir, sin
codificar, las señales generadas por los Estados Provinciales, Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y Municipios y Universidades Nacionales que se
encuentren localizadas en su área de prestación de servicio;
f. Los servicios de televisión por suscripción satelital deberán incluir, sin
codificar, las señales abiertas generadas por los Estados Provinciales, por la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Municipios, y por las Universidades
Nacionales;
g. Los servicios de televisión por suscripción satelital deberán incluir como
mínimo UNA (1) señal de producción87 nacional propia que satisfaga las
mismas condiciones que esta ley establece para las emisiones de televisión
abierta;
h. Los servicios de televisión por suscripción deberán incluir en su grilla de
canales un mínimo de señales originadas en países del MERCOSUR y en
países latinoamericanos con los que la República Argentina haya suscripto o
suscriba a futuro convenios a tal efecto, y que deberán estar inscriptas en el
registro de señales previsto en esta ley. 88
87 SAT
88 Agrupación Comandante Andresito.
El PODER EJECUTIVO NACIONAL establecerá las condiciones pertinentes en la
materia objeto de este artículo para el servicio de televisión móvil, sujetas a la
ratificación de las mismas por parte de la Comisión Bicameral.
NOTA Artículo 57:
Las perspectivas planteadas en el proyecto se compadecen con las políticas adoptadas por países o regiones
que cuentan con producción cultural y artística en condiciones de desarrollarse y que además necesitan ser
defendidas.
Respecto a las señales de los medios públicos y la necesidad de su inclusión en las grillas de los servicios de
señales múltiples, en la declaración de diciembre de 2007 titulada “Declaración Conjunta sobre Diversidad en la
Radiodifusión” la Relatoría de Libertad de Expresión menciona: “Los diferentes tipos de medios de comunicación
–comerciales, de servicio público y comunitarios - deben ser capaces de operar en, y tener acceso equitativo a
todas las plataformas de transmisión disponibles. Las medidas específicas para promover la diversidad pueden
incluir el reservar frecuencias adecuadas para diferentes tipos de medios, contar con must-carry rules (sobre el
deber de transmisión), requerir que tanto las tecnologías de distribución como las de recepción sean
complementarias y/o interoperables, inclusive a través de las fronteras nacionales, y proveer acceso no
discriminatorio a servicios de ayuda, tales como guías de programación electrónica.
En la planificación de la transición de la radiodifusión análoga a la digital se debe considerar el impacto que
tiene en el acceso a los medios de comunicación y en los diferentes tipos de medios. Esto requiere un plan claro
para el cambio que promueva, en lugar de limitar, los medios públicos. Se deben adoptar medidas para
asegurar que el costo de la transición digital no limite la capacidad de los medios comunitarios para operar.
Cuando sea apropiado, se debe considerar reservar, a mediano plazo, parte del espectro para la transmisión
análoga de radio. Al menos parte del espectro liberado a través de la transición digital se debe reservar para uso
de radiodifusión”.
Las previsiones reglamentarias tienden a que se permita la actualización de las grillas en una forma consistente
con las facultades de la Autoridad de Aplicación y del Poder Ejecutivo Nacional, que están inspiradas en la
sección 202 h) de la Ley de Comunicaciones de Estados Unidos.
En cuanto a la protección de las cuotas nacionales de programación, importa reconocer que la legislación
canadiense es estricta en materia de defensa de su producción audiovisual89, como también lo son las premisas
89 La piedra basal del sistema de radiodifusión canadiense es el contenido canadiense. Bajo los términos de la
sección 3º de la Broadcasting Act., el desarrollo de la actividad debe tener por miras:
El desarrollo y puesta en conocimiento del público del talento canadiense.
La maximización del uso de la creatividad canadiense.
La utilización de la capacidad del sector de la producción independiente.
La Canadian Broadcasting Corp. como sistema de radiodifusión público, debe contribuir activamente con el flujo
e intercambio de las expresiones culturales.
La sección 10 de la Broadcasting Act (section 10) facultó a la CRTC a decidir qué es aquello que constituye
“programa canadiense” y la proporción de tiempo que en los servicios debe ser destinado a la difusión de la
programación canadiense.
de la Directiva Europea de Televisión de 1989 (art. 4)90. En nuestro país, se trata de cumplir el mandato del
artículo 75 inciso 19 de la Constitución Nacional y de los compromisos firmados ante la UNESCO al suscribir la
Convención sobre la Protección y la Promoción de la diversidad de las Expresiones Culturales.

http://www.comfer.gov.ar/web/blog/wp-content/uploads/2009/03/ley-final-sin-marcas.pdf

martes, 8 de septiembre de 2009

DIARIO DE GUERRA


El último libro de Claudio diaz

Claudio Díaz, el autor de este Diario de guerra, renunció a trabajar en el multimedios Clarín tras haber sido censurado por manifestar su pensamiento político y su identificación con el peronismo, clara evidencia de que los grandes monopolios de la comunicación no ejercen ni permiten hacer uso de esa tan mentada libertad de expresión que dicen defender.

lunes, 7 de septiembre de 2009

7 DE SETIEMBRE: DÍA DEL MONTONERO


El 7 septiembre de 1970, en un enfrentamiento con las fuerzas policiales de la dictadura, son asesinados los compañeros Fernando Abal Medina y Carlos Gustavo Ramus; 7 días después, son arrestados bajo el cargo de apología del crimen los sacerdotes Carlos Mugica y Héctor Benítez, quiénes habían dado la misa del funeral de ambos, en la parroquia San Francisco Solano, las expresiones de Mugica fueron en ese entonces:
"No puedo sino pronunciar unas palabras de despedida para quienes fueron mis hermanos Carlos Gustavo y Fernando Luis, que eligieron el camino más duro y difícil por la causa de la dignidad del hombre. No podemos seguir con indefinición y con miedo, sin comprometernos. Recuerdo cuando con Carlos Gustavo hicimos un viaje al norte del país y allí lo ví llorar desconsolado al ver la miseria y el triste destino de los hacheros. Fue fiel a Cristo, tuvo un amor concreto y real por los que sufren; se comprometió con la causa de la justicia, que es la de Dios, porque comprendió que Jesucristo nos señala el camino del servicio. Es un ejemplo para la juventud, porque tenemos que luchar para alcanzar la sociedad justa y superar el mecanismo que quiere convertirnos en autómatas. Que este holocausto nos sirva de ejemplo".

Compañeros Presentes!!!!!


Montón Eros

“Te han sitiado, corazón,
y esperan tu renuncia.
Los únicos vencidos, corazón,
son los que no luchan.
No te entregues, corazón libre.
No te entregues!”
Rafael Amor


Advertencia

Argentin@ que te hartaste
de lo que alguna vez se llamó historia,
mejor pasáme por alto.
A mí no me leas poeta
abstracto que prefiere
que tinta y acontecer
colectivo no se encuentren.
Estas líneas no son para ustedes.
Son para gente que aún cree.
Destino, causáme la vejez…
Causáme el guadañazo…
Pero nunca arrebates la sorpresa
de este pendejo azorado.


El Timbre de la Historia

Cuando el mundo rabioso se partía en dos
y política consistía en aplastar
a quien se plantara en el medio,
cuando el hervor del continente
burbujeaba en el Caribe,
a la misma hora en que otros pibes
hacían servicio en el ashram entonando melopeas
al dulce Bargolestwar
y buceaban sus adentros
con meditación trascendental,
estos clavaron su índice en el timbre de la historia
prescindiendo en el acto de su adolescencia,
enfundados en gavancitos del Colegio Nacional
y uniformes escamoteados
al Servicio Militar.
Y fueron recibidos cortésmente por el tirano,
escribas de entonces descreyeron
de la hazaña y la atribuyeron
a internas del gobierno de facto.
Aún se empeñan los cagatintas en buscarle el lado flaco,
supuestas inquinas dentro de aquel comando…
Pero ellos resplandecen incólumes en sus veinte años,
tras de su rimmel o engominados,
en un afiche que dice “Buscados”.
En qué rincón del sótano esconder la verdadera
soberbia armada que fusila
sin extremaunción y acribilla

JORGE FALCONE
Texto del libro inédito "Prevaleceremos",
duodécimo poemario del autor
(en vuestra bandeja de entradas para noviembre)

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Pasen pasen, ya salen los choris!!

Dedicado al marmota de Macri


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Leila

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Frente Popular para la Liberación de Palestina (FPLP)

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